Marco brasileño
Qué representa la Resolución CONAD n.º 1/2010
La Resolución n.º 1, del 25 de enero de 2010, consolidó decisiones y principios éticos sobre el uso religioso de la ayahuasca en Brasil. Reconoce la legitimidad histórica del uso ritual y establece referencias para una práctica responsable.
Entre ellas se encuentran el uso dentro de rituales religiosos, en lugares autorizados por su dirección, y la prohibición de combinar ayahuasca con sustancias psicoactivas ilícitas.
La resolución no constituye autorización automática para cualquier práctica. Cada organización sigue siendo responsable de su estructura, decisiones, procedimientos internos y demás normas aplicables.
Mantenimiento institucional
Contribución no es venta de ayahuasca
La resolución prohíbe la comercialización de la ayahuasca y la ventaja financiera como pago por su producción o consumo. Distingue estas prácticas de las contribuciones destinadas al mantenimiento regular de organizaciones religiosas.
En el Santuario, la contribución sugerida ayuda a cubrir costos de las ceremonias y mantenimiento del espacio. No compra medicina ni garantiza participación.
La dirección puede considerar contribución menor, donación de materiales, ayuda en el mantenimiento o plaza social, según las posibilidades del encuentro.
Límites de comunicación
Sin promesas terapéuticas ni publicidad de efectos
El marco ético brasileño desaconseja prácticas comerciales, publicidad de efectos y paquetes turísticos vinculados con ayahuasca. El uso terapéutico se trata como campo de investigación experimental, no como finalidad automática de una ceremonia religiosa.
El Santuario no comercializa la ayahuasca como tratamiento, no promete curación, no diagnostica y no presenta la ceremonia como sustituto de atención profesional.
Autorregulación
Estatuto, reglamentos y nueve directrices
La responsabilidad no se limita a una resolución externa. El Santuario posee estatuto registrado, dirección constituida, deliberaciones internas, informes de actividades, reglamento de grupos de estudio y directrices éticas.
Nueve principios orientan la práctica: no especialismo, no intervención, libre albedrío, escucha silenciosa y presencia, cuidado con la palabra, humildad espiritual, servicio y hermandad, respeto por tradiciones originarias, autonomía y responsabilidad personal.
Aplicación práctica
Cómo aparece la responsabilidad en cada ceremonia
Toda persona de primera vez completa una anamnesis y entrevista, incluso cuando tiene experiencia en otros espacios. También recibe orientación y participa en una rueda presencial.
Las ceremonias tienen cupo limitado, dirección y guardianes. Después, la escucha e integración permanecen disponibles; psicólogos vinculados al templo pueden ofrecer orientación inicial dentro de límites profesionales.
Lectura responsable
Lo que esta página no afirma
Esta página explica la comprensión institucional del Santuario. No sustituye los textos legales completos, no constituye asesoramiento jurídico y no sugiere que una sola resolución agote todas las obligaciones legales, sanitarias, ambientales, administrativas o profesionales.
Las reglas públicas pueden cambiar. La dirección acompaña las fuentes oficiales y revisa sus procedimientos cuando es necesario.
Contenido elaborado y revisado por la dirección de Santuário Céu de Aparecida · Actualizado el 3 de agosto de 2026.
Fuentes y límites de este contenido
Fuentes
- Consejo Nacional de Políticas sobre Drogas de Brasil — Resolución n.º 1/2010
- Ministerio de Justicia de Brasil — CONAD y uso religioso de ayahuasca
- Estatuto registrado de la Organização Céu de Aparecida
- Reglamentos internos, informes de actividades y directrices institucionales del Santuario

